lunes, 2 de agosto de 2010

Normativa sobre animales de compañía


No todo el mundo tiene la misma tolerancia a los animales domésticos y podemos encontrarnos con que uno de nuestros vecinos encuentra la existencia de nuestra mascota como una molestia insoportable. Es mejor que no le demos razones para encontrarnos las cosquillas. Casi todas las normativas hablan sobre ruido, prohiben la tenencia de perros en terrazas por la noche, nos exigen ceder el ascensor a cualquier otro vecino (aunque llegue más tarde) y esperar al siguiente, obligan a recoger las deposiciones de nuestra mascota...



Las normativas sobre animales de compañía son competencia de los ayuntamientos, por lo que, si vamos a hacernos con una mascota o vamos a cambiar de domicilio (con cambio de municipio) deberíamos informarnos sobre la normativa municipal para estar al día sobre nuestras responsabilidades.

En realidad, casi todas las normativas son muy parecidas, haciendo siempre incapié en las responsabilidades de los dueños, explicando qué se considera maltrato y abandono, especificando cuándo, dónde y cómo podemos pasear a nuestras mascotas, obligaciones sanitarias... Es importante conocer estas normativas, porque nos aportan información relevante que nos ayudará a facilitar la convivencia con nuestros vecinos.


Casi todas las normativas se centran especialmente en perros y gatos, por ser los animales que más frecuentemente interactúan, no sólo con sus dueños, sino también con sus vecinos. Es frecuente que, por ejemplo, haya horarios en los que podemos llevar a nuestro perro suelto por el parque (casi siempre de noche) y que pueden cambiar por épocas del año. Es importante tener este tipo de datos, pues pueden ahorrarnos problemas con otras personas, e incluso alguna multa.

Muchas normativas incluyen alguna referencia a las razas de perros peligrosos. Generalmente, para poder poseer y pasear a este tipo de perros es necesaria una licencia y cumplir algunas normas relacionadas con correas y bozales. Si te gusta este tipo de perros, es importante saber que la licencia debes sacarla antes de adquirir el animal y que ninguna persona que no posea dicha licencia podrá dar un paseo a tu perro. Si todos los miembros de la familia van a tener que sacar de paseo al animal en alguna ocasión, todos deben poseer dicha licencia.


Todas las normativas exigen la identificación del animal, generalmente mediante microchip. También indican qué vacunas debe llevar nuestra mascota como mínimo. Nuestro veterinario no suele explicarnos la normativa, porque solemos vacunar a nuestros animales, no por cumplir la ley, sino por prevenir enfermedades en nuestra mascota. Sin embargo, nunca está de más hasta dónde llega el mínimo obligatorio.En general, la rabia es obligatoria para los perros en todas partes, aunque para los gatos no siempre lo es. Eso sí, si queremos salir al extranjero con nuestra mascota, también tendremos que tener en cuenta la normativa europea y la del país de destino.


Mi consejo es que busquéis en la página de vuestro ayuntamiento o a que vayas al consistorio a buscar una copia de la normativa municipal. El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, así que más vale que sepamos qué podemos y qué no debemos hacer, porque no sólo podemos acabar teniendo un problema con el vecino, sino también con la justicia. Y recordad, hay conductas que no sólo pueden llevar a multas millonarias (de las antiguas pesetas, eso sí), sino también a penas de cárcel.

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